Términos y condiciones Condiciones

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE ENTREGA de: BonaVita, con domicilio legal y sede de operaciones en España: Av/Pais Valenciano 43, 03580 Alfaz del Pi (Alicante), en adelante: Proveedor
Artículo 1. Definiciones
  1. En estos términos y condiciones generales, se aplican las siguientes definiciones:
    Proveedor: la parte que utiliza estos términos y condiciones generales (BonaVita);
    Comprador: cliente no consumidor que actúa en ejercicio de una profesión o empresa.

Artículo 2. Aplicabilidad
  1. Estos términos se aplican a todas las ofertas, presupuestos y contratos entre el Proveedor y el Comprador donde se hayan declarado aplicables, salvo acuerdo escrito contrario.

  2. También se aplican a contratos con terceros contratados por el Proveedor.

  3. Se rechaza expresamente la aplicabilidad de los términos del Comprador.

  4. Tras un primer contrato con estos términos, se aplican también a futuras relaciones comerciales.

  5. Si alguna cláusula es nula o inválida, las demás seguirán vigentes.

  6. El hecho de no ejercer un derecho no implica renuncia al mismo.

Artículo 3. Ofertas y Formación del Contrato
  1. Las ofertas del Proveedor son sin compromiso, salvo que se indique expresamente lo contrario, y caducan 14 días después de su emisión.

  2. Condiciones divergentes solo son válidas si están escritas en contrato aparte.

  3. Las fechas de entrega son orientativas; no otorgan derecho a indemnización ni a rescindir el contrato.

  4. Los precios se expresan en euros, sin IVA, transporte, embalaje, entrega ni montaje, salvo indicación contraria.

  5. Una oferta compuesta no obliga a entregar parte del pedido por parte del precio.

  6. Las ofertas no se aplican automáticamente a futuros pedidos.

  7. A menos que se indique lo contrario, los precios son netos, ex works (EXW), sin incluir tasas, embalajes, seguros ni derechos de aduana.

  8. El contrato se formaliza mediante confirmación escrita del Proveedor o ejecución del pedido en un plazo de cuatro semanas.

  9. Modificaciones sólo son válidas si se acuerdan por escrito.

  10. En caso de entrega desde almacén, la factura sirve como confirmación.

Artículo 4. Obligación de Información
  1. A solicitud del Proveedor, el Comprador debe proporcionar todos los datos necesarios como número de IVA válido, razón social registrada, etc.

Artículo 5. Muestras, Modelos y Ejemplos
  1. Las muestras, modelos o ilustraciones mostradas son meramente indicativas. Las diferencias menores están permitidas, salvo que se acuerde entrega exacta por escrito.

Artículo 6. Entrega
  1. Salvo pacto en contrario, la entrega se realiza desde el almacén del Proveedor en Oudkarspel, Países Bajos.

  2. Si no se acuerda entrega «franco destino», el Comprador asume todos los riesgos desde la salida del almacén.

  3. El Comprador debe aceptar la mercancía. El riesgo se transfiere en el momento de la entrega.

  4. Si no se acepta la entrega, el Proveedor puede almacenar la mercancía por cuenta y riesgo del Comprador.

  5. El Proveedor puede subcontratar a terceros la ejecución del contrato.

Artículo 7. Plazos de Entrega
  1. Los plazos de entrega comienzan cuando toda la información requerida está disponible.

  2. Los plazos de entrega son orientativos.

  3. En caso de demora, el Comprador debe conceder al Proveedor una prórroga razonable.

Artículo 8. Entregas Parciales
  1. El Proveedor puede realizar entregas parciales.

  2. Cada parte puede ser facturada por separado.

Artículo 9. Requisitos Técnicos
  1. El Proveedor no se responsabiliza por normas técnicas de otros países, salvo acuerdo escrito.

  2. Requisitos técnicos especiales solo se aceptan si se pactan expresamente.

Artículo 10. Resolución del Contrato

El Proveedor puede resolver el contrato, sin previo aviso, si:
– duda razonable sobre la solvencia del Comprador;
– falta de garantía solicitada;
– cumplimiento imposible o irrazonablemente exigible;
– insolvencia o pérdida de control del Comprador;
– cualquier otra causa que lo haga inviable.
Todas las obligaciones pendientes se vuelven inmediatamente exigibles.

Artículo 11. Derecho de Retención
  1. El Proveedor puede suspender sus obligaciones si el Comprador no paga.

  2. El Comprador no puede suspender sus obligaciones.

Artículo 12a. Reserva de Dominio – Compradores en España
  1. La propiedad no se transfiere hasta el pago total.

  2. El Comprador puede revender en su actividad habitual.

  3. La reserva subsiste incluso si la mercancía es transformada.

  4. No se permite pignoración ni gravamen.

  5. El Proveedor puede recuperar la mercancía sin necesidad judicial.

  6. El Comprador debe notificar embargos u otras incidencias.

  7. Está obligado a asegurar la mercancía y mostrar la póliza si se le requiere.

Artículo 12b. Reserva de Dominio – Compradores fuera de España
  1. Para compradores alemanes o de fuera de España, se puede aplicar una cláusula distinta según lo pactado.

Artículo 13. Reclamaciones
  1. El Comprador debe revisar la mercancía en 24 horas tras recibirla.

  2. Las reclamaciones deben presentarse por escrito en 8 días hábiles.

  3. Las reclamaciones tardías no serán aceptadas.

  4. El Proveedor decidirá si reemplaza, repara o ofrece descuento.

  5. Las reclamaciones no suspenden la obligación de pago.

  6. Las reclamaciones injustificadas correrán a cargo del Comprador.

  7. Devoluciones sólo con autorización escrita del Proveedor.

Artículo 14. Garantía
  1. Garantía sobre las características acordadas.

  2. No hay garantía por mal uso, instalación errónea o manipulaciones.

  3. La duración de la garantía es la establecida por el fabricante.

  4. En entregas fuera de España sólo se reembolsa el coste de reparación local.

  5. Devoluciones en garantía requieren autorización escrita.

  6. Se debe presentar factura original y descripción del defecto.

Artículo 15. Precios y Ajustes
  1. Los precios están en euros, netos, sin impuestos ni gastos.

  2. Si los costes aumentan, el Proveedor puede ajustar el precio si el contrato tiene más de 3 meses.

  3. Si el aumento supera el 10 %, el Comprador puede rescindir el contrato por escrito.

Artículo 16. Garantías Financieras
  1. El Proveedor puede exigir garantías si duda de la solvencia.

  2. Puede suspender entregas hasta que se pague o garantice el pago.

Artículo 17. Embalaje
  1. Los embalajes retornables deben devolverse en 14 días.

  2. Si no se devuelven, se cobrarán los costes de reemplazo.

Artículo 18. Pago
  1. El pago debe hacerse en 14 días desde la fecha de factura.

  2. Tras el vencimiento, el Comprador incurre en mora automática y debe pagar 1 % mensual de interés.

  3. En caso de quiebra, todas las deudas se vuelven exigibles.

  4. No se permite retención ni compensación.

  5. Los pagos se imputarán primero a intereses, luego a las facturas más antiguas.

  6. El Proveedor puede compensar cualquier deuda.

Artículo 19. Costes de Cobro
  1. Todos los gastos de cobro corren por cuenta del Comprador.

  2. El Proveedor puede reclamar costes superiores si los justifica.

Artículo 20. Responsabilidad
  1. No se responde por daños indirectos o lucro cesante.

  2. No se responde por errores del Comprador.

  3. La responsabilidad se limita al valor de la factura o cobertura del seguro.

  4. No se responde salvo dolo o negligencia grave, dentro del límite legal.

  5. En responsabilidad extracontractual, se aplican las mismas limitaciones.

  6. El Comprador mantendrá indemne al Proveedor en caso de reventa.

Artículo 21. Fuerza Mayor
  1. Fuerza mayor incluye cualquier situación ajena que impida cumplir, como huelgas.

  2. El cumplimiento se suspende o puede cancelarse.

  3. Las entregas parciales se pueden facturar por separado.

Artículo 22. Prescripción
  1. Plazo de prescripción reducido a un año, salvo norma imperativa.

Artículo 23. Prueba
  1. La contabilidad del Proveedor constituye prueba válida, salvo prueba en contrario.

  2. Las cantidades facturadas se presumen correctas.

Artículo 24. Jurisdicción y Ley Aplicable
  1. Se aplica la jurisdicción del tribunal donde el Proveedor tiene sede.

  2. Se aplica la ley neerlandesa. Se excluye la Convención de Viena.

Artículo 25. Versión Aplicable
  1. Se aplica la versión vigente al momento del contrato.

Artículo 26. Traducciones
  1. En caso de discrepancias entre versiones lingüísticas, prevalece la versión en inglés, salvo en la cláusula de reserva de dominio.

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